«La
Constitución y las leyes respecto á la inmigración y las colonias
El artículo 25 de la Constitución
establece que el Gobierno Federal fomentará la inmigración europea; y no podrá
restringir, limitar, ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio
Argentino, de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar
las industrias é introducir y enseñar las ciencias y las artes.
La ley de inmigración y colonización de
1876, tuvo por objeto regularizar las oficinas respectivas, dándoles
atribuciones propias y los medios de cumplir el precepto constitucional en
órden á la seguridad y conveniencia de los inmigrantes que, por su espontánea
voluntad, quisieran dirigirse á la República Argentina. En este sentido no solo
ha creado la Comisaria General que funciona en Buenos Aires, sinó que ha
establecido Comisiones dependientes de ésta que prestan sus servicios en las
ciudades y villas de las catorce provincias argentinas y en los territorios
nacionales.
Las Comisiones de Inmigración tienen á su
cargo, no solo cuanto se relaciona con el recibo, alojamiento y colocacion de
los inmigrantes, sinó que deben hacer propaganda en sus territorios demostrando
las conveniencias que ofrezcan para la inmigración, tanto en las industrias
existentes como las que pudieran crearse en las localidades de su dependencia.
En la Comisaria General de la Capital, lo
mismo que en las principales dependencias de ésta en las Provincias, existe una
oficina de trabajo con el objeto de facilitar á los inmigrantes pronto y
ventajoso acomodo, atendiendo á los pedidos que se les dirija de profesores,
artesanos, jornaleros ó labradores; procurando condiciones ventajosas para la colocación
de los inmigrantes y cuidando de que ésta se haga al lado de personas
honorables.
En los puntos donde no haya Oficina de
Trabajo, corresponde á las Comisiones de Inmigracion desempeñar estas
formalidades, para que los inmigrantes no sean perjudicados en sus contratos.
Por esta solicitud paternal del Gobierno
y el cuidado que tiene la Comisaria General de distribuir la inmigración donde
sea mejor remunerado su trabajo, todos los inmigrantes que llegan al país
obtienen al momento buenos destinos proporcionados á sus aptitudes, y no están
un solo dia sin ganar sueldo, especialmente los agricultores.
[…]
Colocacion
de las economías del inmigrante
Como en la República Argentna se gana
bastante dinero, y es punto importante saber el destino que ha de dársele
cuando estas ganancias no se producen en el comercio, en cuyo caso cada
comerciante sabe el giro que ha de dar á sus capitales, diremos: que tanto los
artesano como los jornaleros tienen modos diversos, lo mismo que los
agricultores y peones, para poner sus economias á interés con la mayor
seguridad.
En la capital y en las provincias
principales existen oficinas del Banco Nacional que reciben al premio de cinco
y seis por ciento al año, los ahorros y pequeñas sumas de los obreros.
Además del Banco Nacional y sucursales de
éste, en la provincia de Buenos Aires está el Banco Provincial con sus
sucursales tambien en los pueblos más importantes de aquella jurisdiccion.
En la ciudad de Buenos Aires son
numerosos los establecimientos bancarios que reciben á interés el dinero en
pequeñas cuotas; asi es que cada inmigrante puede elegir el Banco de su
nacionalidad si no prefiere los del pais, pues hay dos Bancos ingleses, dos
italianos, uno alemán, uno francés, uno español y el gran Banco de Carabassa
que toman dinero á premio y dan giros y cartas de crédito para todos los
pueblos de Europa, pagaderos á la vista por cualquier cantidad por pequeña ó
elevada que sea. De este modo los que tienen sus familias en su tierra pueden
hacerles llegar las sumas que quieran enviarles, con la mayor seguridad.
Antes de pensar un extrangero pobre en adquirir
propiedades, que es la mejor colocacion que en definitiva encuentra el dinero en este país
de progreso, por el aumento constante de valor que obtienen los bienes raices,
debe tratar de que sus economias le produzcan la mayor renta posible. En este
sentido pueden emplear su plata en cédulas hipotecarias, que son titulos de
renta garantidos por los Gobiernos y por los bienes particulares afectados por
la hipoteca. Las cédulas se cotizan siempre con un descuento de quince á veinte
por ciento en las que tienen de interés anual el ocho por ciento, lo que hace
que el interés se eleve para el comprador de las cédulas al diez por ciento.
Estas cédulas se amortizan por sorteo y el que tiene una cédula de mil pesos
que la ha costado ochocientos, si sale sorteada recibe integros los mil, pudiendo
reponer su cédula otra vez y quedarse con doscientos pesos de utilidad que
respecto al capital empleado es el veinte y cinco por ciento de beneficio.
Los intereses de las cédulas se cobran al
vencimiento justo de cada trimestre, y tanto los cupones que fijan la renta
como los títulos son trasmitibles sin necesidad de endoso.
De estas cédulas hipotecarias las hay
nacionales y provinciales de Buenos Aires; unas y otras están perfectamente
garantidas, y el jornalero como el artesano y el agricultor pueden poner sin
peligro sus ahorros en estos títulos comprándolos mensualmente si quieren,
pues, hay cédulas desde cincuenta pesos ó sean doscientos francos hasta mil
pesos ó sean cinco mil francos, y como son papeles cotizables en la Bolsa de
Comercio de la Capital nadie puede ser engañado en los precios, porque los
diarios anuncian mañana y tarde el valor de los títulos negociados en el dia.
Sirven tambien las cédulas para garantir préstamos en dinero y en cualquier
momento se venden.
Podria señalarse otros medios de colocar
el dinero, quizá con mayores ventajas, pero no lo hacemos sino de aquellos muy
seguros y que en ningun caso puede comprometerse ó perderse en perjuicio del
inmigrante.
Oficinas
de información
No corresponde á esta publicacion hablar
de los beneficios que producen en la República las expediciones comerciales y
lo mucho que se gana en el comercio de importacion y exportacion, al extremo de
levantarse en pocos años fortunas colosales que llegan á varios millones de
farncos. En este punto remitimos á los fabricantes y capitalistas europeos á la
consulta de los Agentes de Informacion que sostiene el Gobierno Argentino en
las principales ciudades del viejo y nuevo continente cuyas direcciones
apuntamos mas adelante.
Fuera de estas oficinas creadas con el
objeto de dar á conocer en el exterior los progresos de la República, sus
industrias florecientes y la facilidad de proporcionar á los capitales extranjeros
un empleo ventajoso, hay Cónsules Argentinos en todas las ciudades y puertos de
alguna importancia, donde los comerciantes como los profesores, artesanos, agricultores
y simples jornaleros pueden tomar informes respecto del pais y las seguridades
que ofrece á toda clase de personas.
Los que tengan algún capital y lo
introduzcan con ellos pueden estar convencidos de que ya sea en los Bancos ó en
títulos de renta, obtendrán un beneficio mayor que el que podrian conseguir en
Europa; esto es si no prefieren especular con su dinero entrando en empresas
mas lucrativas como son la compra de casas, tierras para la agricultura, campos
para la cria de ganados ó fundación de nuevas industrias ó explotacion de las
muchas muy lucrativas ya establecidas en el país.»
M. A. Pelliza, Manual del inmigrante en la República Argentina. Publicación
oficial. Buenos Aires: Imprenta del Courier de La Plata, 1888.
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